Proyectos Singulares de instalaciones de BIOGÁS producido a través de digestión anaerobia (50 millones de euros)
OBJETO DE LA AYUDA
Proyectos singulares de instalaciones de biogás producido a través de digestión anaerobia, a través de los programas de incentivos que se aprueben en las distintas convocatorias (pendiente de publicación)
BENEFICIARIOS
El programa 1 va dirigido a beneficiarios con actividad económica y el 2, para aquéllos que NO realicen actividades económicas, incluidas personas jurídicas públicas.
Proyectos Individuales/Consorcio (necesario aportar Acuerdo de Consorcio firmado en solicitud, facultando al representante).
PRESUPUESTO PROYECTO
A definir en convocatorias
AYUDA (SUBVENCIÓN)
Subvención en función de la tipología de actuación y el tipo de empresa.
Máximo 15 millones por empresa y proyecto.
Hasta el 75% (programa 1) y el 80% (programa 2)
Ayuda adicional del 5% por reto demográfico y Transición Justa
CRITERIOS DE VALORACIÓN
Económico (menor ayuda solicitada), coeficientes de reducción de emisiones, tecnológicos y externalidades positivas.
PARTIDAS FINANCIABLES - Pendiente convocatoria
Costes elegibles necesarios para llevar a cabo el proyecto singular, correspondientes a las inversiones que permitan aumentar el nivel de protección medioambiental derivado del impulso del biogás (equipos nuevos), subcontrataciones hasta el 100%, gestión de la solicitud (máximo 3.000€/expediente o el 4% del presupuesto total) y de la justificación de las ayudas, costes ligados al cumplimiento del DNSH y auditoría (máx 10.000€/expediente o el 7% de la ayuda).
PARTIDAS NO FINANCIABLES
Autorizaciones, licencias, permisos,…, gastos de personal, funcionamiento o gastos generales,, adquisición o arrendamiento de inmuebles o terrenos, seguros, vigilancia y seguridad, costes financieros..
ACTUACIONES (a definir en convocatorias)
3. Realización de instalaciones para tratamiento del digerido.
* Sólo subvencionable en el programa 1, la parte no destinada a biocarburantes destinados a cumplir obligación de suministro o mezcla.
Las instalaciones deberán lograr una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de al menos un 80 % en el caso de producir electricidad o calor, e igual o superior al 65 % en el caso de producir biometano para uso en transporte. Las instalaciones de 1 MW o superior y menores de 50 MW deberán cumplir con los valores límites de emisión.
Todas las instalaciones deberán de contar con un sistema de monitorización de la energía eléctrica o térmica utilizable.
PLAZO DE EJECUCIÓN
Máximo hasta el 15/12/2025
El inicio para el Programa 1 no podrá ser previo al registro de la solicitud y en el Programa 2, será posterior a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.
PAGO DE LA AYUDA
Una vez certificada la actuación. Podrán solicitarse anticipos mediante la aportación de garantías del importe anticipado más los intereses que se generen.
OTROS
- Financiado con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro del PERTE ERHA
- Ayuda Compatible con otras ayudas
- Concurrencia competitiva
- Cumplimiento DNSH
- Trámites telemáticos